ENTIDADES LOCALES (en virtud del Convenio de Colaboración, de mayo de 2005, entre la FEMP y la entidad pública empresarial RED.ES para la prestación de servicios de internet a las administraciones públicas locales.)
La reserva desde julio de 2005 y gestión de los dominios ‘.es’ basados en topónimos oficiales municipales.
Supone el ejercicio de las competencias propias establecidas en la Ley 7/85 de Bases del Régimen Local en los artículos siguientes:
Art. 36-1-b), “la asistencia y la cooperación jurídica, económica y técnica a los Municipios, especialmente los de menor capacidad económica y de gestión”
Art. 36-1-g), “La prestación de los servicios de administración electrónica y la contratación centralizada en los municipios con población inferior a 20.000 habitantes”
A - Gestión a cargo de la Diputación:
B - Gestión a cargo de la Entidad Local:
Continuo todo el año
Se entiende incluido en el alta al servicio de: Portales Web Municipales
Plataforma de gestión y seguimiento del servicio