ENTIDADES LOCALES HASTA 20.000 HABITANTES:
Los servicios de apoyo informático (SAI) de primer nivel al usuario de un puesto de trabajo informático de una Entidad Local. en materia de telecomunicaciones, hardware, sistemas operativos, así como en aquellos ámbitos que presentan una especial dificultad en el área de las Nuevas Tecnologías.
Supone el ejercicio de las competencias propias establecidas en la Ley 7/85 de Bases del Régimen Local en los artículos siguientes:
Art. 36-1-b), “la asistencia y la cooperación jurídica, económica y técnica a los Municipios, especialmente los de menor capacidad económica y de gestión”
A - Gestión a cargo de la Diputación:
B - Gestión a cargo de la Entidad Local:
Continuo todo el año
Se entiende incluido en el alta al servicio de: Plataforma de Administración Electrónica
Plataforma de gestión y seguimiento del servicio